De acuerdo al último censo de 2011, la población afrodescendiente en Uruguay representa el 8,1%. El 4,8% manifestó tener ascendencia principal afro, mientras el 3,3% manifestó tener ascendencia afro no principal.
Según los datos de la Encuesta Continua de Hogares del Instituto Nacional de Estadística realizada en el año 2022, la pobreza en la población blanca se encontraba en un 9,1%. En el caso de la población afrodescendiente la misma se sitúa en un 17, 6%, reafirmando una vez más la brecha existente históricamente, entre la población blanca y la población afrodescendiente en el Uruguay.
Dicho porcentaje refiere al ingreso de personas afrodescendientes en el año 2023, en los distintos vínculos laborales, de acuerdo al artículo 4, de la ley n° 19.122 que establece textualmente lo siguiente: “Los Poderes del Estado, el Tribunal de Cuentas, la Corte Electoral, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, los Gobiernos Departamentales, los Entes Autónomos, los Servicios Descentralizados y las personas de derecho público no estatal, están obligados a destinar el 8% (ocho por ciento) de los puestos de trabajo a ser llenados en el año, para ser ocupados por personas afrodescendientes que cumplan con los requisitos constitucionales y legales para acceder a ellos, previo llamado público.
Tales entidades deberán destinar los porcentajes del crédito asignado para cubrir los puestos de trabajo en cada uno de los llamados específicos que se realicen, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso anterior.»
El 1,84% de ingresos de personas afrodescendientes equivale a de 398 personas, de las cuáles 206 fueron hombres y hombres y 192 mujeres.
Por mayor información pueden descargar el informe completo aquí: https://www.gub.uy/oficina-nacional-servicio-civil/sites/oficina-nacional-servicio-civil/files/documentos/publicaciones/Informe%20AFRO%202023-firmado_0.pdf